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martes, 30 de junio de 2015

Maestro que falte tres días consecutivos, será dado de baja: SCJN


México:- El Pleno de la Suprema Corte resolvió 11 amparos más, en los que se cuestiona la validez de algunos artículos de La Ley General del Servicio Profesional Docente.
Los ministros negaron el amparo a los quejosos, confirmándose la constitucionalidad de las normas que regulan el proceso de evaluación docente.
Requisito indispensable para lograr la permanencia como maestro de educación básica y media superior.
Asuntos en los que se confirmaron los criterios aprobados por el Pleno, en el sentido de que las normas impugnadas no violan los derechos a la estabilidad laboral, libertad de trabajo, dignidad y acceso a un mejor nivel de vida.
“Se analizan los agravios esgrimidos que son exactamente iguales, son en 7 bloques y son idénticos a lo que resolvimos en el primer bloque de asuntos, señor presidente, señores y señoras ministros, por lo tanto considero que podrían someterse a votación del Pleno”, Fernando Franco González Salas, Ministro SCJN.
 “Están a su consideración, como señala el señor Ministro Franco son temas que ya discutimos en los asuntos anteriores, pero si tienen alguna otra observación adicional, si no entonces, desde luego se reiteraría la votación con la observaciones y votos que se anunciaron al respecto”, Luis María Aguilar Morales, Ministro Presidente SCJN.
El Pleno solo hizo una aclaración en relación con los artículos 74 y 75 de dicha ley, que ponen fin al nombramiento cuando no se cumple con la evaluación y permiten imponer sanciones a los docentes, quienes contará con un plazo de 10 días para alegar lo que a su derecho convenga.
“Impugnación específica no la hay, quizás valiera la pena en todo caso establecer un párrafo en donde se dijera que se han impugnado de manera conjunta en las argumentaciones ya vertidas respecto de los artículos 53, 54, 8 y 9, pero en cuanto a su contenido no hay un concepto de agravio que así lo determine, entonces podría ahí hasta decretarse la inoperancia”, Margarita Luna Ramos, Ministra SCJN.
La misma salida se adoptó en el caso del Artículo 76, que prevé la separación del maestro que se ausente por 3 días continuos o discontinuos, dentro de un plazo de 30, sin justificación alguna.
“Dio la explicación de que la inconstitucionalidad no es tal en la medida de que el artículo 75 previene sí para el caso de infracciones, un procedimiento previo para que el afectado pueda ser escuchado, tenga la oportunidad de demostrar y alegar y venga una resolución que defina su situación jurídica”, Alberto Pérez Dayán, Ministro SCJN.
El Pleno solo dejó pendiente de resolver 11 amparos más que cuestionan la validez de la reforma educativa.

sábado, 27 de junio de 2015

VIAJARÁ A LOS PINOS EMMANUEL PÉREZ CANTÚ COMO PARTE DE LA DELEGACIÓN COAHUILA TRAS GANAR EN OLIMPIADA DEL CONOCIMIENTO INFANTIL 2015

Nava, Coahuila.- El niño Emmanuel Pérez Cantú, alumno de sexto grado de la Primaria Miguel Hidalgo, fue seleccionado oficial para realizar una visita a la convivencia que se ofrecerá a los alumnos que destacaron en la Olimpiada del Conocimiento Infantil 2015, informó María Mercedes Torres Perales, directora del plantel.

"Estamos haciendo oficial el nombramiento de Emmanuel Pérez Cantú como parte de la delegación Coahuila con los alumnos que pasaron a la etapa nacional de la Olimpiada del Conocimiento Infantil 2015, de nuestra escuela solo él participó y es el representante de los Cinco Manantiales".


Dijo que desde su ingreso a la institución, Emmanuel ha demostrado la constancia y se ha destacado por su alto desempeño; "entre sus logros anteriores se encuentra el haber sido Alcalde Infantil 2014, ahora ratifica su desempeño con este logro a nivel nacional, siendo parte de los 30 niños que conforman la delegación Coahuila.

jueves, 25 de junio de 2015

Celebran resolución de la SCJN sobre la evaluación magisterial

El abogado general de la UNAM, Cesar Astudillo, calificó como histórica la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en torno a la evaluación magisterial. 
 “Lo que resolvió ayer la Corte es una de esas sentencias que quedan para la historia por la trascendencia del fallo y por lo que sin duda alguna va a generar para el futuro, lo que la Corte dijo es que claramente la evaluación es un requisito que no restringe ningún derecho a los maestros y en cambio beneficia o pone por encima, pondera, el interés superior de todos los estudiantes”.
En entrevista, el  investigador de la UNAM aseguró que esta decisión  sienta las bases para que en el futuro nadie cuestione que los profesores deben ser sometidos a un proceso de evaluación permanente.
Destacó la ponderación de derechos que realizaron los ministros.
 “Hasta ahora parecería que únicamente los maestros tenían sus derechos, podían acudir a los tribunales a exigir la tutela de estos derechos pero ahora del otro lado se pone el tema de valorar también los derechos de los alumnos y la Corte ha dado una resolución histórica”.
Sergio García Ramírez, investigador de la UNAM, también celebró la resolución del Tribunal Constitucional de México.
 “Respeto la decisión de la Suprema Corte de Justicia que ha cargado el acento en donde me parece hay que cargarlo, en la constitucionalidad de los actos que se han venido produciendo en torno a la reforma educativa y en el interés superior del niño, de los menores de edad que merecen una atención muy esmerada y que no necesariamente la reciben siempre”.
Dijo que entiende la posición de los maestros pero que es necesario continuar con la Reforma Educativa y llegar a consensos en este tema.

 
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